A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Juzgado 1 Laboral Del Circuito De Ibagué
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia de Sala Plena para decretar de oficio nulidad por violación del debido proceso
- Procedencia por vulneración debido proceso
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Esta Corporación tramitó el conflicto de jurisdicciones radicado bajo el número CJU-3451, suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Líbano y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Ibagué, mediante el Auto 1341 del 12 de julio de 2023, a través del cual declaró que la especialidad laboral y de la seguridad social de la Jurisdicción Ordinaria era la competente para instruir este caso.
El Juzgado 1 Laboral del Circuito de Ibagué, solicitó aclarar a esta Corte si es el competente para conocer del asunto de la referencia o si se incurrió en una equivocación y debe ser el Juzgado Civil del Circuito de Líbano, el que conozca la presente causa, por cuanto "no se avizora en la parte considerativa de la providencia en cita, el argumento por el cual deban ser los Juzgados Laborales de Ibagué, los competentes, toda vez que conforme se desprende del libelo introductor, la prestación del servicio se dio en el municipio de Villa Hermosa Tolima, circunscrito al circuito de Líbano Tolima, motivo por el cual, debió ser este último el competente máxime cuando fue el que se encontró sujeto al conflicto".
La Sala Plena precisa que la decisión de otorgar la competencia a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, para conocer un proceso laboral promovido por un aparente trabajador de una Empresa de Servicios Públicos mixta, no merece reproche o discusión alguna, por tanto, se ratifica en la «ratio decidendi» de dicha providencia.
Sin embargo, declara la nulidad del Auto 1341 de 2023, toda vez que pudo advertir que se incurrió en una irregularidad que afecta el debido proceso al ordenar remitirle el expediente CJU-3451, a la Oficina de Reparto de los Juzgados Laborales del Circuito de Ibagué, por cuanto la Sala desconoció que la demanda ordinaria laboral fue presentada por el libelista ante el Juzgado Civil del Circuito de Líbano, con independencia de que, con posterioridad, mediara la intervención del Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Ibagué.
Por consiguiente, la Corte declara que le corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral, representada en el asunto de la referencia por el Juzgado Civil del Circuito de Líbano, conocer del proceso ordinario laboral promovido en contra de Aguas de Villahermosa S.A.S E.S.P. y ordena remitir el expediente CJU-3451 al Juzgado Civil del Circuito de Líbano, para lo de su competencia y que comunique la presente decisión al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Ibagué, a la Oficina de Reparto de Ibagué, al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Ibagué y a los sujetos procesales dentro del trámite ordinario laboral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DECLARAR LA NULIDAD del Auto 1341 de 2023 proferido por la Sala Plena de esta Corporación.
- Segundo. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Líbano y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Ibagué en el sentido de DECLARAR que le corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral, representada en el asunto de la referencia por el Juzgado Civil del Circuito de Líbano, conocer del proceso ordinario laboral promovido por el señor Luis Enrique Osorio Gaviria en contra de Aguas de Villahermosa S.A.S E.S.P.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3451 al Juzgado Civil del Circuito de Líbano, para lo de su competencia y DISPONER que comunique la presente decisión al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Ibagué, a la Oficina de Reparto de Ibagué, al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Ibagué y a los sujetos procesales dentro del trámite ordinario laboral.
- Cuarto. INHIBIRSE de estudiar la solicitud de aclaración del Auto 1341 de 2023 presentada por el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Ibagué, por sustracción de materia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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